En virtud de la disminución de la locomoción prevista a partir de las 19:00 horas, víspera de la celebración del Día del Trabajador, se autoriza a los funcionarios de Oficinas Centrales y Anexo a retirarse a partir de las 18:00 horas.
En el caso de los Institutos y Centros Educativos, se faculta a las respectivas Direcciones a suspender las actividades a partir de las 18:00 horas.
Comunicado Nº 3, 30 de abril de 2024.